Sin importar la actividad laboral en que te desempeñas, es vital tomar ciertas previsiones, con el fin de cuidar tanto tu salud como tu futuro bienestar económico, por lo cual cualquier trámite exigido por la legislación que persiga dicho fin es importante llevarlo a cabo a la brevedad.
En línea con el párrafo anterior, a continuación resumimos la relevancia que tiene el formulario 300-97, en el sistema de previsión social de Argentina, siendo que, sin tal formulario, también conocido por declaración jurada de salud; no podremos realizar nuestro registro o inscripción en El Sistema Integrado Previsional de dicho país.
Recordemos, que como su nombre lo indica, es un sistema Previsional, que tomemos medidas de prevención a la hora de que se presente un evento no deseado relacionado a nuestras actividades diarias, dentro de cualquier puesto de trabajo.
A tales efectos, expondremos datos de interés, tales como: en qué consiste el formulario, como realizar la consignación del formulario 300/97, donde realizar dicha consignación y en general aquellos aspectos de mayor relevancia para cumplir este requisito tan importante.
¿En qué consiste el Formulario 300/97?
Tal y como adelantamos en el apartado anterior, el formulario 300/97 (o declaración jurada de salud), es un requisito indispensable para realizar el registro ante el Sistema Integrado Previsional de Argentina.
En dicho formulario, debes indicar si posees o no, alguna incapacidad, que te imposibilite realizar tal registro, lo que luego supondría la obtención de tu jubilación por presentar alguna invalidez, asociada a tus tareas laborales.
Es por ello, que el formulario 300/97, constituye un requisito de obligatoriedad que debe ser consignado ante la ANSES (Administración Nacional de Seguridad Social). Tal documento, en ocasiones, pudiese ir en conjunto con otro tipo de documentos.
Entre los documentos, que pueden ir en conjunto con el formulario 300/97, podemos mencionar el formulario 940 que certifica la inscripción de autónomos, o bien la constancia de hacer gestionado la transacción del monotributo.
Para que tengas un mejor panorama, respecto a la importancia del formulario 300/97, el mismo deberá ser presentando sin ningún tipo de errores, y hasta que no sea recibido de manera formal, el trabajador no podrá optar a los beneficios sociales del retiro por causa de invalidez, o incluso de la pensión por causa de muerte del afiliado.
Soporte Legal del Formulario 300/97
Existen algunas consideraciones legales o reglamentarias, tal es el caso de la Ley 24.241, en su artículo No. 48, que en aquellos casos, cuando el afiliado se encuentre con alguna incapacidad, no podrá hacerse uso del referido formulario.
Todo esto en virtud, que la referida ley, establece que si el evento no deseado (o contingencia) ocurrió antes de realizar el registro o afiliación, tal evento no se tomará en cuenta como factor causante de la asignación de los beneficios en caso de jubilación por invalidez.
En otras palabras, el formulario 300/97, se debe presentar al momento de alguna enfermedad o accidente, derivada de tus tareas diarias laborales, caso en el cual el sistema de previsión social se encargará de cubrir los gastos de tal enfermedad o accidente.
Decreto 300/97
Este decreto, de igual denominación del formulario que nos ocupa, contempla la obligatoriedad para los trabajadores autónomos, de presentar el mismo para lograr la obtención de su previsión social cuando registre algún accidente en su puesto de trabajo.
Esto es posible, mediante la integración con el SIPA, el cual se encarga de realizar el registro de todos aquellos trabajadores que no dependen de un patrón y que, sin embargo poseen la previsión social.
Factores de Interés
Con el fin de que no cometas errores, a la hora de realizar la consignación de la declaración jurada de salud (o formulario 300/97), a continuación algunos datos relevantes a tomar en cuenta, a saber:
¿Cuáles personas tienen la obligación de consignar el formulario 300/97?
Toda persona o trabajador, que puede ser parte de la siguiente clasificación:
- Aquellos trabajadores que no tenga dependencia patronal (o trabajadores autónomos), que hayan presentado una interrupción en sus cotizaciones, por un periodo mayor a los doce meses.
- Los afiliados autónomos, que se registraron en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), una vez que haya entrado en vigencia el decreto 300/97.
- Los afiliados autónomos, que al momento de su re inscripción; soliciten la baja del sistema.
- Todo aquel afiliado, que teniendo dependencia haya ingresado al SIPA como trabajador de tipo autónomo. En este caso, el afiliado de haber tenido un lapso superior a 12 meses de haber terminado su relación como trabajador con dependencia.
¿Existe alguna limitación en cuanto al momento de cuándo podemos presentar la declaración jurada de salud?
La consignación del formulario 300/97, ante la Administración Nacional de Seguridad Social; se puede llevar a cabo en cualquier fecha del año.
Facilidad para la consignación del formulario 300/97
Una de las ventajas que impulsan completar este requisito, es que no se requiere tener una cita o un turno para tal gestión.
¿Cómo gestionar el Formulario 300/97?
Recuerda lo mencionado, en líneas anteriores; el formulario no debe tener errores a la hora de su registro, por lo que debes completar los siguientes campos y sin enmiendas, a saber:
- Completar información referida a datos personales, en los campos correspondientes (inclusive el número CUIT):
- Nombres y Apellidos.
- El tipo de documento de identificación que poseas.
- Su número de identificación.
- Fecha de nacimiento, de la manera y orden: días, mes y año.
- Actividad y profesión, que amerita tu registro ante el SIPA.
- Dirección de domicilio real, donde conste el código postal número telefónico, número del domicilio, departamento, piso y código postal.
- Provincia y localidad de su residencia.
- Respecto al apartado de la declaración jurada de salud, completar las siguientes interrogantes:
- ¿Usted se siente en buen estado de salud?
- ¿Presenta usted alguna dificultad para completar sus labores diarias?
- Ha estado bajo tratamiento, en años anteriores o en el presente; respecto a enfermedades como: diabetes, cardiovasculares convulsiones, mal de Chagas, hipertensión entre otras.
- Posee alguna discapacidad o defecto físico.
- ¿Ha estado internado en los últimos 2 años?
- ¿En los últimos 24 meses, se ha sometido a algún tratamiento quirúrgico?
- ¿Consume alguna medicación, de manera frecuente?
- Seguidamente, debe confirmar las respuestas a las anteriores 7 interrogantes. Teniendo que colocar la explicación, bien sea positiva o negativa la respuesta a las mismas.
- Dicha declaración, debe estar firmada y realizar la explicación de los siguientes campos:
- El diagnóstico con el que cuenta.
- Fechas de los percances.
- Indicar hospital o clínica, donde se llevo a cabo el tratamiento.
- Nombre del profesional de la salud que lo atendió.
- Tanto el nombre del medicamento como su dosis.
- En última instancia, que se le llene el apartado referido a la auditoria médica:
- Alta sin examen médico.
- Completar la declaración jurada, con los datos importantes requeridos.
- Se debe someter a un examen médico. Adicionalmente, indicar el lugar, fecha y hasta el sello del auditor, que incluya su firma en los casos que lo ameriten.
Una vez esté completo el formulario 300/97, te debes presentar ante la oficina de la Administración Nacional de Seguridad Social, consignado tanto el original como copia del mismo.
En dicha oficina, te recibirán el formulario original, dejándote la copia, para tu archivo.